martes, 8 de abril de 2014
Derecho Constitucional.... Parcial!!
Derecho constitucional
se dirige al estudio de la constitucion,su existencia, estructura , formas y finalidad del poder publico
Constitucion es un conjunto de normas que regula un estado.
segun su estructura, forma, funcionalidad y poder politico, nuestra constitucion es de forma semantica.
siendo la constitucion un conjunto de normas que regulan un estado, son principios, garantias, obligaciones y derechos... la condicion de darle derechos al pueblo exige de él obligaciones
En su clasificacion las constituciones obedecen a un deseo de los dirigentes de un estado, deseo de los habitantes
Clases de constitucion:
Escrita: determina por si misma un contenido formal y material acerca de la existencia del estado, en cuanto a la organizacion , gobierno y funcionalidad , elementos que se proclaman y se enuncian bajo la valoracion de existencia comprobada de manera fisica, manera factica y manera material, a travez de un texto constitucional escrito.
ej const francesa de 1785,E U 1777, Colombiana 1991.
Cosuetudinaria: derivada de las costumbres y usos
tiene 2 elementos
moral:respecto de la costumbre, condicion propia respecto de lo bueno y lo malo
Etico: personal :etica
No establece normas escritas por ser de costumbre,
usos: conductas repetidas, determina unas fortalezas que pare el jurisconsulto se expresa a travez de doctrina y jurisprudencia.
existe en inglaterra y nueva zelanda
Rigidas; no permite facilmente su modificacion, se observa como un contrasentido al observar que la sociedad y el humano son mutables tanto como los sistemas politicos
ej Eu sus reformas se observan como reformas menores
flexible : determina la posibilidad de ser por voluntad de la dirigencia politica, por iniciativa presidencial o popular
poder constituyente
Cocepto: es la facultad reconocida en el pueblo, una vocacion, una facultad de poder determinar su forma de organizacion politica, es decir, ejercer los princpios de autodeterminacion, y de independencia. de manera soberana , para elaborar, modificar o suprimir un conjunto de normas llamado constitucion
la constitucion es un derecho del pueblo y esta debe parecerse al pueblo, no ser derivada
Monarquico; el poder monarquico prevalecio por siglos, donde el principio de autoridad no se discutia, si no que se reconocia en la cabeza de una sola persona y estaa ostentaba el poder absoluto, tanto en un punto de vista politico, economico y social, esta condicion determino su fin.
se reconocia que la autoridad, la ley y el orden veian al rey por voluntad divina sobre la condicion de que era el monarca quien representaba a Dios en la tierra . con este criterio monarquico se dieron las primeras constituciones de caracter formal, especialmente en paises que practicaron el absolutismo como inglaterra, suecia españa, holanda..
revolucionario: se reconocen los eventos, generalmente violentos que han procurado el cambio y modificacion de sistemas politicos, economicos, sociales,culturales que limitaban y desconocian derechos y libertades ciudadanas, estos abusos dieron origen a las revoluciones entre los siglos 18 y 20
se reconocen la existencia y desarrollo de casi todas las revoluciones desde la inglesa a la sandinista, dentro del ideario revolucionario lo que se persiguio fue el derrocamiento de un sisema oprobioso como era la monarquia para llegar a triunfos revolucionarios, reconociendo derechos individuales y colectivos como los derechos humanos.
parlamentario: El concepto se construye sobre el legado dejado por los romanos, especialmente las obra de marco tulio ciceron y de lucio Agneo Cencca, quienes manifestaron que el mejor ejercicio de poder era aquel que se derivaba del debate, de la discusion y aprobacion de propuestas como formas de cambio, mejor manera para gobernar, llegando a un concurso de caracter general, la presentacion de un proyecto de ley ante el congreso de colombia
Poder Constituyente
Es la denominacion del poder que tien la atribucion de establecer la norma fundamental de un ordenamiento juridico, dando origen a un estado y su sistema politico y posteriormente de modificarla o enmendarla.
se distinguen un oder constituyente primario u originario y un poder constituyente derivado
El poder constituyente ha sido definido como la voluntad politica cradora del orden, que requiere naturaleza originaria, eficacia, y caracter creadora y como la voluntad originaria, soberana, suprema y directa que tiene un pueblo para constituir un estado dandole una personalidad al mismo y darse la organizacion juridica y politica que mas le convenga. el poder constituyente originario puede recaer en el pueblo o en la nacion.
Naturaleza del Poder Constituyente
El poder constituyente no puede encontrar su base fundamental en ninguna norma por tanto su naturaleza se deriva del derecho natural, sobre el cual se hayan escrito o no normas juridicas, doctrina o jurisprudencia, pese a esto se ha afirmado que la tarea del poder constituyente es politica, n juridica, al ser origen del derecho no puede tenerr dicha naturaleza
segun joseph sieyes en su obra "que es el tercer estado" atribuia dos caracteristicas al poder constituyente: es un poder ofiginario y unico que no puede encontrar fundamento fuera de si; y que era un poder incondicionado, que no posee limites formales o materiales
si bien el poder constituyente no puede ser definido juridicamente, si puede ser definido politicamente
Titularidad del poder constituyente
El titular del poder constituyente es el pueblo pero para sieyes el titular es la nacion
que la titularidad del poder constituyente sea del pueblo no obstaculiza que el ejercicio efectivo este a cargo de un organo convocado al efecto como son las asambleas constituyentes, en este caso los constituyentes actuan por mandato y representacion del pueblo
Poder Constituyente originacio y Derivado
El poder constituyente originario es el que aparece primigenialmente y le da orignen al ordenamiento politico asi, es el que crea la primera constitucion de un estado, en este sentido actua como poder constituyente originario una asamblea constituyente que al aprobar la primera constitucion de un pais pone de manifiesto juridicamente su nacimiento y una vez cumplida su labor desaparece, pero como su tarea requiere continuidad suele establecer un organo que se encarque de adicionar y modificarla de acuerdo a las circunstancias o problemas que surjan
a estas modificaciones se le llama poder constituyente derivado
y un monton de cosas mas.. pero ya pase el parcial.... hehehhe
Piedelmundo!!!
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